Como ya sabéis, en la última reunión la Representación de la Dirección (RD) nos propuso un sistema de incremento salarial el cual os expusimos en la entrada del blog del 22 de mayo. Hemos estado analizando la propuesta, para ello hemos hecho una simulación comparando la propuesta de la RD con la fórmula que se ha ido utilizando para aplicar los incrementos desde el año 2004 al 2007, la cual viene regulada en el convenio que acaba de finalizar.
Para realizar una comparación homogénea, hemos utilizado una simulación de IPC´s reales a final de cada año, para ello hemos simulado un 4,5% para el año 2008, un 4% para el 2009 y un 3% para el 2010. Con los mismos IPC´s hemos aplicado los incrementos de las dos maneras, una utilizando la propuesta presentada por la RD y la otra utilizando con lo regulado en el convenio anterior.
Los resultados que hemos obtenidos son sorprendentes, a pesar de que la propuesta presentada por la empresa debería reflejar una recuperación de poder adquisitivo sufrida durante la vigencia del anterior convenio, así como garantizar el poder adquisitivo regulado con la cláusula de revisión con carácter retroactivo a 1 de enero de los años que se acepta la misma, la realidad es totalmente diferente. La limitación para revisar la diferencia entre el IPC real y el incremento total aplicado con un máximo del 4% provoca, no tan sólo el que no se recupere el poder adquisitivo perdido durante los últimos años y tampoco garantiza la pérdida del poder adquisitivo durante la vigencia del convenio que se está negociando, sino que además empeora la fórmula que hasta ahora se estaba aplicando para realizar los incrementos salariales.
Los datos que hemos obtenidos aplicando las 2 formas de incremento analizadas, dan como resultado que excepto el año 2008, en que la propuesta de la RD es superior al convenio anterior, el resto de años (2009 y 2010 justamente cuando hay la revisión), resulta que los incrementos son inferiores de los que se obtiene con la fórmula del convenio anterior, en el cuadro adjunto podéis observar 2 categorías analizadas con las dos fórmulas, a las cuales se les ha aplicado ambas fórmulas para cada año de vigencia y al final del documento encontraréis el resumen de las diferencias que suponen aplicar una fórmula u otra, separado por años y el total, el resultado final es que utilizando la fórmula del convenio anterior sin cláusula de revisión ni incrementos adicionales que compensen la pérdida de poder adquisitivo, ésta es mejor que la propuesta por la RD en 139,31€ para el Serigrafista A y en 107,47€ para el admin.Invoicing.
Por tanto esta fórmula no tan sólo no recupera ni garantiza perdida de poder adquisitivo sino que además empeora lo regulado en el convenio anterior, más motivos para NO ACEPTARLA por no alcanzar las pretensiones de la Representación Social (RS).
Para realizar una comparación homogénea, hemos utilizado una simulación de IPC´s reales a final de cada año, para ello hemos simulado un 4,5% para el año 2008, un 4% para el 2009 y un 3% para el 2010. Con los mismos IPC´s hemos aplicado los incrementos de las dos maneras, una utilizando la propuesta presentada por la RD y la otra utilizando con lo regulado en el convenio anterior.
Los resultados que hemos obtenidos son sorprendentes, a pesar de que la propuesta presentada por la empresa debería reflejar una recuperación de poder adquisitivo sufrida durante la vigencia del anterior convenio, así como garantizar el poder adquisitivo regulado con la cláusula de revisión con carácter retroactivo a 1 de enero de los años que se acepta la misma, la realidad es totalmente diferente. La limitación para revisar la diferencia entre el IPC real y el incremento total aplicado con un máximo del 4% provoca, no tan sólo el que no se recupere el poder adquisitivo perdido durante los últimos años y tampoco garantiza la pérdida del poder adquisitivo durante la vigencia del convenio que se está negociando, sino que además empeora la fórmula que hasta ahora se estaba aplicando para realizar los incrementos salariales.
Los datos que hemos obtenidos aplicando las 2 formas de incremento analizadas, dan como resultado que excepto el año 2008, en que la propuesta de la RD es superior al convenio anterior, el resto de años (2009 y 2010 justamente cuando hay la revisión), resulta que los incrementos son inferiores de los que se obtiene con la fórmula del convenio anterior, en el cuadro adjunto podéis observar 2 categorías analizadas con las dos fórmulas, a las cuales se les ha aplicado ambas fórmulas para cada año de vigencia y al final del documento encontraréis el resumen de las diferencias que suponen aplicar una fórmula u otra, separado por años y el total, el resultado final es que utilizando la fórmula del convenio anterior sin cláusula de revisión ni incrementos adicionales que compensen la pérdida de poder adquisitivo, ésta es mejor que la propuesta por la RD en 139,31€ para el Serigrafista A y en 107,47€ para el admin.Invoicing.
Por tanto esta fórmula no tan sólo no recupera ni garantiza perdida de poder adquisitivo sino que además empeora lo regulado en el convenio anterior, más motivos para NO ACEPTARLA por no alcanzar las pretensiones de la Representación Social (RS).
4 comentarios:
me gustaría hacer una propuesta, a ver que os parece:¿ y si lo que dejemos de ganar y lo que perdemos del complemento de it lo destinamos a árboles?, pero no para un manglar, sino para que se los metan por el culo, uno a uno, eso sí
esto solo lo cambia una huelga, o un día de baja generalizado
Esto ya parece un "Regimen", solo falta Franco, por que mejor no hacemos como en los parking, cobramos por minutos trabajados, así seguro que se ahorrarian un dineral, con la de vividores que hay en la fabrica. Accion ya
HUELGA EL 13 DE JUNIO DE 2008
El objetivo de este blog es el de informar, no se acepta las descalificaciones ni las denuncias, para denunciar los hechos que se mencionan se debe utilizar los conductos tradicionales.
Manel Molina
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